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title: "Comercios minorista con modalidad online, una de las nuevas excepciones del aislamiento obligatorio"
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description: "El gobierno nacional informó este sábado que hay nuevas actividades exceptuadas del aislamiento obligatorio, respetando las recomendaciones sanitarias. A su vez, cada Jurisdicción provincial deberá dictar las reglamentaciones necesarias para su desarrollo. En la nota, los detalles."
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date_published: "2020-04-19T18:19:00-03:00"
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  - "calamuchita en linea"
  - "Coronavirus"
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  - "Noticias Calamuchita"
category_name: "Provinciales"
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category_description: "Noticias Provinciales. Hechos relevantes ocurridos en Córdoba. Suscribite a nuestro Newsletter para recibir toda la información en tu email."
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# Comercios minorista con modalidad online, una de las nuevas excepciones del aislamiento obligatorio

![excepciones-lunes20abril](/download/multimedia.normal.879711cd3358dc3a.657863657063696f6e65732d6c756e65733230616272696c5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Comercios minorista con modalidad online, una de las nuevas excepciones del aislamiento obligatorio*

El gobierno nacional, a través de su [página oficial](https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/aislamiento/exceptuados) detalló las actividades y servicios que seguidamente serán exceptuadas del cumplimiento del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio a partir de este próximo lunes 20 de abril, exclusivamente en las provincias de ***La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, Buenos Aires, San Luis, Misiones y la ciudad autónoma de Buenos Aires.***

Todas las actividades podrán desarrollarse quedando sujetas a la **implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca**, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales. Cada Jurisdicción provincial deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados, **pudiendo limitar el alcance de las mismas a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios o establecer requisitos específicos para su desarrollo.**

**Aquí la lista de actividades, con aclaraciones de modo de funcionamiento y de qué manera deben circular trabajadores y/o clientes-usuarios:**

- **Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.**  
No requerirán certificado quienes se desplacen a establecimientos de cercanía al domicilio.

- **Oficinas de rentas de las provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.**  
Circularán con la constancia del turno otorgado para su atención.

- **Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.**  
Circularán con la constancia del turno otorgado para su atención.

- **Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas.**  
A través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.  
CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA LA CIRCULACIÓN

- **Atención médica y odontológica programada.**  
De carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.  
Circularán con la constancia del turno otorgado para su atención.

- **** Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen****.  
Con sistema de turno previo.  
Circularán con la constancia del turno otorgado para su atención.

- **Ópticas.**  
Con sistema de turno previo.  
Circularán con la constancia del turno otorgado para su atención.

- **** Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias**.**  
En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.  
CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA LA CIRCULACIÓN

- E**stablecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.**  
CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA LA CIRCULACIÓN  
No requerirán certificado quienes se desplacen para solicitar atención por violencia de género.

- **Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.**  
CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA LA CIRCULACIÓN

- **Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.**  
CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA LA CIRCULACIÓN

Para acceder a la página oficial y tramitar los correspondientes certificados de circulación, puede hacer click aquí: [https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/aislamiento/exceptuados](https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/aislamiento/exceptuados)

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