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El detalle de los incumplimientos y los costos de las multas del régimen sancionatorio en la emergencia sanitaria que ya rige en la provincia

Ayer se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba la ley que sanciona con multas, que van desde los 5 mil a los 500 mil pesos, a quienes transgredan los protocolos de seguridad o sanitarios. En este artículo se contamos lo más importante y te mostramos en detalle cada infracción y el costo de la multa correspondiente.
Provinciales18 de julio de 2020Analía Ríos - analiarioslocutora@gmail.comAnalía Ríos - [email protected]
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El detalle de los incumplimientos y los costos de las multas del régimen sancionatorio en la emergencia sanitaria por Co

Se publicó este viernes en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba la ley 10.702 que, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19, crea un régimen sancionatorio excepcional ante incumplimientos de las disposiciones sanitarias vigentes en la provincia de Córdoba, tanto para personas humanas como jurídicas.

Resumen de lo más importante de este régimen sancionatorio

- Las multas previstas en esta ley provincial oscilan entre los 5 mil y los 500 mil pesos, y se impondrán al detectarse conductas que transgredan protocolos de seguridad o sanitarios.

- La ley 10.702 se aprobó el 8 de julio en la Legislatura provincial y busca proteger la salud pública. Se extenderá mientras dure el Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas.

- El pago efectivo de las infracciones se aplicará luego de los 10 días corridos de vigencia de esta normativa, aunque quedará asentado el antecedente del infractor.

- La ley también incluye descuentos del 50 por ciento en las multas cuando el infractor pague en forma voluntaria.

- También contempla una morigeración de las sanciones para quienes aporten “información, datos o requerimientos relevantes” a la Autoridad Sanitaria Provincial.

- En casos de reincidencia, el importe de las multas se duplicará.

- Los Juzgados Provinciales de Faltas intervinientes en las infracciones de tránsito tendrán competencia para juzgar faltas establecidas en el régimen sancionatorio excepcional.

- La autoridad de aplicación de la ley 10.702 es el Ministerio de Salud de Córdoba, mientras que la autoridad de control es el Ministerio de Seguridad provincial.

El detalle de las infracciones y el monto de la multa

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Desde el Gobierno de Córdoba se informó también que los recursos obtenidos a través de las multas se destinarán al Fondo para la Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas.

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