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El COE Regional informó sobre las restricciones de circulación vigentes en Calamuchita

En su sitio web, dio precisiones sobre cómo se implementan los controles intradepartamental, entre departamentos y en caso viajar de otra provincia.
Noticias de Calamuchita31 de julio de 2020Germán QuirogaGermán Quiroga
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Imagen representativa

Para la circulación dentro del departamento, "se encuentran sin restricciones hasta el momento. Sólo deberán poseer el certificado de circulación, y no se podrán trasladar para actividades recreativas o deportivas, y reuniones familiares"

En tanto, para la circulación entre departamentos, deberán estar "justificados por actividades laborales, esenciales autorizadas y/o por fuerza mayor justificada previa autorización del COE Regional de destino. Deberán circular con certificado de circulación y la autorización en caso que corresponda", confirmaron. Cuales son esas actividades esenciales?  Son: Fuerzas de Seguridad, Personal de Salud, Personal Penitenciario y Atención Médica. Aquellos que necesiten circular por atención médica sólo deberá acreditar certificado de tratamiento y constancia de turno.

En cuanto a mudanzas, "las personas que ingresen desde otra provincia o desde otro departamento provincial, deben registrar todas las personas involucradas en la actividad de mudanza, acompañantes y/o conductores", por un lado.

Por otro, deberán solicitar autorización a las autoridades municipales de la localidad de destino. Solicitar autorización al COE Central con la documentación que justifique lo mencionado. Si provienen de otra provincia, al ingreso de nuestra provincia se "deberá presentar el Certificado de PCR Negativo conforme los términos previstos en el presente (hasta 48 hs de vigencia)", detallaron.

También, las personas que ingresen desde otras provincias por fuerza mayor, como fallecimiento de familiar directo hasta el segundo grado, al ingreso a la provincia se le practicará TRIAGE, se le solicitará una declaración Jurada y la autorización de circulación con la Aplicación CUIDAR.

Para ingresos a la provincia para asistencia de familiares hasta el segundo grado, podrá hacerlo siempre que  presente el certificado médico emitido desde el lugar de residencia del paciente y de un organismo oficial. Al ingreso a la provincia deberá presentar el Certificado de PCR Negativo. 

Si la persona viene a cuidar o asistir a un familiar en problemas, no puede esperar 14 días para ocuparse del familiar. En ese caso deberá consignar donde se alojará (en la casa del familiar) y deberá permanecer en aislamiento en donde realiza la asistencia a su familiar.

A su vez,  por casos de unión de vínculo familiar con hijos menores de edad en cumplimiento de derecho de visita, deberán presentar el Certificado de PCR Negativo.

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